Política de Seguridad de la Información y ENS

1. OBJETO, MISIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

EGUESAN tiene como misión ofrecer un servicio de Asesoramiento y Consultoría integral en materia de Contratación Pública. Con esta Política establece las directrices para gestionar y proteger la información que trata y los servicios que presta, integrando la seguridad de la información en su estrategia y en sus procesos de trabajo.

La presente Política se aplica a los sistemas de información incluidos en el alcance del Esquema Nacional de Seguridad definido por EGUESAN.

2. MARCO REGULATORIO

La seguridad de la información se gestionará de acuerdo con el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, la norma UNE-EN ISO/IEC 27001 vigente, el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), así como con el resto de los requisitos legales, reglamentarios, contractuales y de clientes que resulten aplicables a EGUESAN.

3. PRINCIPIOS Y COMPROMISOS DE SEGURIDAD

EGUESAN entiende la seguridad como un proceso integral, continuo y proporcional a los riesgos. La protección se basará en la gestión de riesgos, la prevención, detección, respuesta y conservación, la existencia de distintas líneas de defensa, la vigilancia continua, la reevaluación periódica y la diferenciación de responsabilidades.

La organización se compromete a proteger la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y trazabilidad de la información y de los servicios; a gestionar los incidentes de seguridad; a mantener las medidas necesarias para el cumplimiento de esta Política; a formar y concienciar al personal; y a mejorar continuamente la seguridad de sus sistemas.

4. ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD

4.1. Roles y responsabilidades

• Responsable de la Información: determina los requisitos de seguridad de la información tratada.

• Responsable del Servicio: determina los requisitos de seguridad de los servicios prestados.

• Responsable de Seguridad: determina las decisiones necesarias para satisfacer los requisitos de seguridad, supervisa la implantación de las medidas y reporta sobre su estado.

• Responsable del Sistema: desarrolla la forma concreta de implantar la seguridad y supervisa la operación diaria del sistema, directamente o mediante recursos propios o contratados bajo su responsabilidad.

Los responsables de cada uno de estos roles están designados formalmente por Gerencia. Su designación se revisará cuando existan cambios organizativos, en los servicios, en los sistemas o en las personas responsables, documentándose cualquier renovación o sustitución. El Responsable de Seguridad y el Responsable del Sistema serán personas distintas salvo situación excepcional debidamente justificada y compensada conforme al ENS.

4.2. Comité de Seguridad de la Información

La coordinación de la seguridad se realiza a través del Comité de Seguridad de la Información, integrado por Gerencia, el Responsable de Seguridad y el Responsable del Sistema. Podrán participar otras personas internas o externas cuando resulte necesario por los asuntos a tratar.

El Comité coordina las actuaciones de seguridad, efectuará el seguimiento de riesgos, incidentes y medidas de seguridad, promoverá las mejoras necesarias y elevará a Gerencia las cuestiones que requieran decisión. Las discrepancias o conflictos entre responsables serán resueltos por Gerencia y quedarán documentados cuando proceda.

5. REQUISITOS MÍNIMOS DE SEGURIDAD

La Política se desarrolla mediante las medidas organizativas, operativas y de protección que correspondan a la categorización del sistema, al análisis de riesgos y a la Declaración de Aplicabilidad ENS. Los requisitos se aplican de forma proporcional a los riesgos identificados.

5.1. Organización, riesgos y personal

• Organización e implantación del proceso de seguridad. La seguridad compromete a toda la organización y se integra en sus procesos y responsabilidades.

• Análisis y gestión de los riesgos. Los riesgos se identificarán, analizarán, tratarán y revisarán de forma continua, adoptando medidas proporcionadas.

• Gestión de personal. El personal propio y externo conocerá sus deberes, obligaciones y responsabilidades y aplicará las normas y procedimientos de seguridad establecidos.

• Profesionalidad. Las funciones de seguridad serán atendidas por personas con la formación, experiencia y cualificación adecuadas a sus responsabilidades.

5.2. Control y protección de los sistemas

• Autorización y control de los accesos. El acceso se limitará a usuarios, procesos, dispositivos o sistemas debidamente autorizados y exclusivamente a las funciones permitidas.

• Protección de las instalaciones. Los sistemas y su infraestructura se ubicarán en áreas controladas y dispondrán de medidas de acceso y protección proporcionales al riesgo.

• Adquisición de productos y contratación de servicios de seguridad. Se seleccionarán productos y servicios con garantías de seguridad adecuadas a la categoría del sistema y a los riesgos.

• Mínimo privilegio. Los usuarios y sistemas dispondrán únicamente de los privilegios y funcionalidades necesarios para desarrollar sus tareas.

• Integridad y actualización del sistema. Los elementos del sistema se incorporarán y modificarán de forma controlada, manteniendo configuraciones seguras y actualizadas.

5.3. Protección, vigilancia y respuesta

• Protección de la información almacenada y en tránsito. La información se protegerá durante su almacenamiento, tratamiento y transmisión, incluyendo equipos portátiles, soportes y comunicaciones sobre redes abiertas.

• Prevención ante otros sistemas interconectados. Las interconexiones y el perímetro del sistema serán controlados, analizando los riesgos asociados y protegiendo sus puntos de unión.

• Registro de la actividad y detección de código dañino. Se registrará la actividad necesaria para la trazabilidad y la investigación de actuaciones indebidas y se mantendrán mecanismos de protección frente a código dañino.

• Incidentes de seguridad. Se mantendrán mecanismos de detección, clasificación, comunicación, análisis, resolución y registro de incidentes, utilizando las lecciones aprendidas para mejorar la seguridad.

• Continuidad de la actividad. Se mantendrán copias de seguridad y mecanismos proporcionados para recuperar la información y continuar las operaciones ante la pérdida de los medios habituales.

• Mejora continua. El proceso de seguridad se revisará, actualizará y mejorará de forma continua de acuerdo con la evolución de los riesgos, la tecnología y los resultados de seguimiento y auditoría.

6. RIESGOS DERIVADOS DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

EGUESAN identifica y gestiona los riesgos que puedan afectar a los datos personales tratados, en especial los relacionados con su pérdida, destrucción, alteración, divulgación o acceso no autorizado. Las medidas aplicables se llevarán cabo conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), el ENS y los análisis de riesgos realizados internamente o por terceros. 

7. DOCUMENTACIÓN DE SEGURIDAD

La documentación de seguridad se integrará en el SGCMASI de EGUESAN y se estructurará en políticas, procedimientos e instrucciones de trabajo y registros almacenados en un repositorio de información controlado. La documentación se aprueba, actualiza y conserva conforme al sistema de gestión documental y estará disponible para las personas que la necesiten, restringiendo su acceso de acuerdo con su clasificación y con el principio de necesidad de conocer.

8. APROBACIÓN, DIFUSIÓN Y REVISIÓN

La presente Política es aprobada por Gerencia como órgano con las máximas competencias ejecutivas de EGUESAN. Está comunicada a todas las personas que deban conocerla y estará disponible para las partes interesadas.

Esta Política se revisará cuando se produzcan cambios relevantes en la organización, los servicios, los sistemas, los riesgos o el marco regulatorio, y de forma periódica dentro del ciclo de revisión del sistema de gestión. La Dirección se compromete a proporcionar los recursos necesarios para su cumplimiento y a promover la mejora continua de la seguridad de la información.

En Las Palmas de Gran Canaria a 10 de septiembre de 2026.

Fdo. La Dirección.

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